Hernán Corral: “Títulos de abogado póstumos”

El académico de número analiza el acuerdo del Pleno de la Corte Suprema para otorgar el título de abogado de manera póstuma a víctimas de violaciones de derechos humanos en su columna del diario El Mercurio. 

Estamos en tiempos en que el incumplimiento de las normas se exhibe como muestra de oportunismo, justificada por los fines que se obtienen, sin percatarse de que el Estado de Derecho se deteriora cada vez que se pasan por alto tales reglas. Ejemplos recientes son la indicación que crea un impuesto para los “súper ricos”, manifiestamente inconstitucional y que fue aprobada por unanimidad en la Cámara de Diputados, y el dictamen de Contraloría que señala que desde 2023 ya no se podrá contratar a honorarios a funcionarios públicos o municipales para labores permanentes, con lo que, a pretexto de reinterpretar, se infringe el Estatuto Administrativo y se usurpan funciones del Poder Legislativo.

Una nueva modalidad de prescindencia de las normas es el acuerdo del Pleno de la Corte Suprema que respondió la petición realizada por el Colegio de Abogados y la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos para otorgar el título de abogado de manera póstuma a quince personas víctimas de violaciones de derechos humanos consignadas en el Informe Rettig. Tratando de mantener visos de legalidad, la Corte aceptó otorgar títulos póstumos solo a cinco personas que tenían la calidad de licenciadas, incluyendo a Orlando Letelier, brutalmente asesinado por agentes de la Dina.

La Corte señala en el acuerdo que “el fundamento que sostiene la petición es otorgar el título póstumo, …a modo de reparación para ellos, sus familias y la sociedad en su conjunto”. Luego aclara que solo se otorgará a aquellos que tenían el grado de licenciado: “Que se comparte lo planteado por los solicitantes, en orden a otorgar, a modo de reparación y en forma extraordinaria, el título de abogado póstumo a quienes cumplen los requisitos, esto es, que hayan obtenido el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales”.

Nadie puede estar en desacuerdo con que corresponde un acto simbólico de reparación para la memoria de estas víctimas, sus familiares y la sociedad, pero por más comprensible que sea realizar una ceremonia con esa finalidad, lo cierto es que la Corte excede sus atribuciones legales al otorgar títulos de abogado a hombres y mujeres que ya han muerto.

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