Hernán Corral: “Corte Suprema, tabla de factores e isapres”

El académico de número reflexiona sobre los fallos del poder judicial respecto a las Instituciones de Salud Previsional en su columna del diario El Mercurio.

Desde hace más de una década, por sentencia de 6 de agosto de 2010, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales y derogó los números 1 al 4 del art. 38 de la Ley 19.833, que establecían tablas de factores por razón de edad y de sexo, por ser discriminatorias. Hoy la regla está en el inciso 3º del art. 199 del DFL 1, de 2005, y los 4 números aparecen derogados.

Todo esto comenzó el 2007 por la presentación de recursos de protección en contra de las isapres, que seguían aplicando las tablas de factores por sexo y edad, y por aumentos injustificados de precios de planes de salud. Pero en el último año la tercera sala de la Corte Suprema ha ordenado que las alzas de los planes de las isapres se ajusten a un nuevo máximo fijado por la Superintendencia de Salud, con un segundo proceso de información.

Ahora, varios fallos de 30 de noviembre de 2022 de la misma sala de la Corte Suprema han ordenado a todas las isapres reducir los precios de los planes dejando de aplicar las tablas de factores de riesgo de salud y devolver los excesos cobrados a los afiliados. Fijan un plazo de seis meses para que la Superintendencia de Salud saque los cálculos de las devoluciones que deben ser restituidas a los afiliados, y se ordena que los planes se ajusten a la tabla única de factores emitida por una circular de la Superintendencia el 11 de diciembre de 2019.

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