En su columna de La Tercera, la académica de número analiza el proyecto de ley que busca sancionar las filtraciones indebidas de información contenida en investigaciones penales en Chile.
Durante esta semana ha continuado el debate del proyecto de ley que modifica diversas disposiciones del Código Procesal Penal y del Código Penal para fortalecer la protección de ciertos antecedentes de un proceso penal y tipificar su divulgación indebida, esto es, para sancionar las filtraciones producidas desde las carpetas de investigación que maneja el Ministerio Público.
Ciertamente, debe celebrarse una moción como la descrita, pues se hace cargo de los perniciosos efectos causados por las divulgaciones en casos como “audios”, “Monsalve” y “Sierra Bella”, entre otros. En ellos ha quedado en evidencia la tensión entre la divulgación de información que pueda interesar a la sociedad para ejercer un adecuado accountability con la necesaria protección de los derechos vinculados a la intimidad de las personas. Ello, sin perjuicio de que la divulgación indiscriminada de informaciones vinculadas a una investigación penal puede conspirar contra el debido desarrollo de la misma y frustrar los objetivos de la justicia.
El Colegio de Periodistas y los medios de comunicación han levantado voces de alarma respecto de este proyecto estimando que la norma que sanciona la entrega, información, difusión o divulgación de información de cualquier naturaleza vinculada a antecedentes de una información amparada por el secreto es demasiado amplia y podría terminar coartando la labor periodística.