La académica de número analiza una de las inquietudes de la nueva Constitución en su columna del diario El Líbero.
Comienza el trabajo de fondo de la Convención Constitucional y una de las inquietudes que ya se han instalado es si la nueva Constitución tendrá un Preámbulo y, si así fuera, qué puede preverse para su contenido
Partamos señalando que los Preámbulos son frecuentes en las Constituciones y su importancia radica en que suelen contener los valores y principios que han orientado la redacción de la Carta, así como la alusión a las circunstancias históricas que la han rodeado, expresando, a la vez, los ideales que se pretenden alcanzar. Desde este punto de vista, los Preámbulos constitucionales constituyen un elemento interpretativo recurrente para la determinación del sentido y alcance de los preceptos de la propia Carta como para iluminar la aplicación del ordenamiento jurídico derivado (leyes, reglamentos, decretos). Hasta hoy, ese rol interpretativo ha sido cumplido por los nueve primeros artículos de la Constitución agrupados bajo el Capítulo “Bases de la Institucionalidad”. Esta opción fue adoptada por el Consejo de Estado, a diferencia de lo propuesto por la Comisión de Estudio de la nueva Constitución, pues se consideró que era preferible que los valores y principios que definieran la esencia de la Carta estuvieran redactados en forma de artículos y no solo de declaraciones contenidas en un Preámbulo, pues éstas no tienen carácter vinculante como las normas jurídicas propiamente tales.
Así, no sería raro que este debate también se diera al iniciarse el trabajo de las comisiones temáticas de la Convención Constitucional, sobre todo, si se considera que una de ellas -la Comisión sobre Principios Constitucionales, Democracia, Nacionalidad y Ciudadanía- tiene, desde ya, asignadas, como materias a abordar, un “Preámbulo” y los “Principios” de la nueva Carta.
Nos inclinamos a pensar que la Convención incluirá efectivamente un Preámbulo en su propuesta de nueva Constitución. Y la razón de ello se debe al carácter fuertemente simbólico que se le ha querido imprimir al trabajo de la Convención, el que se refleja, entre otros aspectos, en la elección, como Presidenta, de una representante de los pueblos originarios, así como en la conformación de la Mesa Directiva y de las comisiones que han preparado los reglamentos ya aprobados, que han sido el reflejo de la integración paritaria de este órgano, así como de la presencia de escaños reservados para los pueblos originarios.