Agustín Squella: “Derecho y poder”

El académico de número reflexiona sobre el respeto a la democracia en su columna de El Mercurio.

No se trata de una provocación, sino de la constatación de un hecho: el derecho no necesita a la democracia, pero la democracia sí necesita al derecho.

La segunda de tales afirmaciones se entiende porque la democracia es una forma de gobierno sujeta a reglas y otros estándares jurídicos que constituyen piezas o componentes del derecho. Es por eso que un determinado derecho u ordenamiento jurídico puede ser calificado de democrático, o sea, ajustado a tales reglas. En cambio, la primera de aquellas dos afirmaciones —que el derecho no necesita a la democracia— se explica porque no todo ordenamiento jurídico que haya tenido vigencia histórica o la tenga en la actualidad cumple las reglas de la democracia.

Las dictaduras cuentan con un derecho vigente. Ellas aplastan a la democracia valiéndose únicamente de su desnudo poder, pero no tardan en transformar ese poder en derecho, un derecho que empieza a regir, a obedecerse y a aplicarse como tal. Dictaduras inequívocamente reconocidas como tales —por ejemplo, las que encabezaron sujetos como Hitler y Stalin— no tardaron en poner y mantener en vigencia un ordenamiento jurídico acorde con sus ideologías, propósitos e intereses, y lo mismo puede decirse de la avalancha de decretos leyes que empezaron a dictarse en Chile a partir de septiembre de 1973, introduciendo, apenas siete años más tarde, una nueva Constitución de origen y contenidos no democráticos.

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