Agustín Squella: “Castigar”

El académico de número reflexiona sobre la legitimidad y efectividad del castigo penal en su columna de El Mercurio.

Aunque a contrapelo de lo que se considera “sentido común”, lo cierto es que siempre me he preguntado acerca de la potestad del Estado para castigar penalmente a las personas, es decir, para imponer penas en el caso de que un sujeto incurra en acciones u omisiones que el propio Estado ha establecido como delitos. De acuerdo a ese sentido común, castigar sería algo que para la gran mayoría está fuera de toda duda, puesto que existen bienes —por ejemplo, la vida, la integridad física, la propiedad—, y si cualquiera llegare a afectarlos injustamente, parece razonable imponer al infractor una consecuencia desfavorable o adversa.

Así es como funciona el derecho, puesto que, inevitablemente, este parte con una alta dosis de escepticismo. El derecho se abstiene de prescribir al modo de “No matar”, y lo que hace es emplear la fórmula “El que mate a otro sufrirá X pena”, sabiendo que aun en el caso de una conducta tan grave, el derecho cuenta con la posibilidad de que ella tenga lugar en la realidad. El derecho prevé determinadas conductas socialmente reprobables, y al ordenamiento jurídico no se le escapa la posibilidad de que algunas de ellas hagan necesaria y legítima la aplicación de una determinada sanción, incluso por medio de la fuerza socialmente organizada.

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