Discursos de incorporación

Sobre la autonomía del Banco Central

Rodrigo Vergara

Discurso de Incorporación de Rodrigo Vergara Montes como Miembro de Número de la Academia de Ciencias Sociales, Políticas y Morales.

Señor Ernesto Ottone, vicepresidente de la Academia de Ciencias Sociales, Políticas y Morales, señora Marisol Peña secretaria académica, señor Joaquín Fermandois, presidente del Instituto de Chile, distinguidos académicos, familiares aquí presentes, señoras, señores. Un saludo especial también a Jaime Antúnez, Presidente de la Academia, que no nos pudo acompañar hoy por motivos de salud.

Inicio estas palabras manifestando mi más profundo agradecimiento a la Academia de Ciencias Sociales, Políticas y Morales del Instituto de Chile, por el honor que es para mí el haber sido elegido Miembro de Número de esta prestigiosa Academia. En lo personal es un gran orgullo que se me haya distinguido de esta manera, a la vez que espero estar a la altura del desafío que esto implica.

Agradezco especialmente a Andrés Bianchi, expresidente del Banco Central de Chile, Miembro de Número de esta Academia, quien formalmente me recibirá. De hecho, como va a quedar claro durante mi ponencia, considero que ésta es un complemento y en cierto modo una continuación de la que él hiciera hace ya 14 años, cuando se incorporó a la Academia, y que tituló “La Autonomía del Banco Central de Chile: Origen y Legitimación”, que, dicho sea de paso, recomiendo leerla o releerla, por su valioso contenido y notable pluma.

La Academia me ha elegido para ocupar el sillón de William Thayer. Debo reconocer que no lo conocí. Sin embargo, he leído en estos meses bastante sobre él y sus escritos, particularmente los referidos a materias laborales, a la vez que he conversado con algunas personas que sí lo conocieron. Ello me lleva a pensar que se trató de una persona con grandes inquietudes y una mente aguda. Notable es la entrevista que dio en 2010 en esta Academia y que fue publicada por la Revista Societas. En ella relata parte importante de su vida, desde escolar hasta el año 1973. Su paso por la Universidad Católica, su ferviente catolicismo y participación en diversas actividades de la iglesia, su incorporación a la Falange y su participación como ministro de Frei Montalva. De particular interés es su dedicación toda una vida a los temas laborales y sindicales. Con una visión adelantada a sus tiempos, en una época en que la situación de los trabajadores era particularmente precaria, se dio cuenta, antes que muchos, que era necesario fortalecer sus organizaciones. Ello, además, con una visión moderna de colaboración entre las distintas partes y no de confrontación, con convencimiento más que con imposiciones.

También destaca su época como rector universitario en momentos agitados del país. Para un ignaciano como yo, no deja de ser significativa su estrecha relación con el Padre Hurtado. En fin, el honor de integrar esta Academia es grande, pero se hace todavía mayor sabiendo que ocupo el puesto que antes tuvo William Thayer.

SOBRE EL APORTE DEL BANCO CENTRAL AUTÓNOMO EN CHILE

Mi ponencia es sobre el Banco Central. Escribo sobre esta institución por varios motivos.

En primer lugar, a ya más de 30 años de que se promulgara su autonomía, conviene hacer un repaso de lo logrado en este período y, en particular, del aporte de esta institución a la estabilidad económica y con ello al desarrollo del país y el bienestar de sus habitantes.

En segundo lugar, en los últimos años han surgido cuestionamientos a dicha autonomía, a pesar de los logros alcanzados. Más aún, la propuesta de Nueva Constitución contiene normas que introducen modificaciones a la legislación que rige a esta institución, por lo que cabe analizar si ellas son o no convenientes para el futuro del Banco y del país.

Tercero, evidentemente el Banco Central tiene para mí un significado especial. He pasado casi la mitad de mi vida profesional en dicha institución, en distintas etapas y en distintos cargos. De hecho, mi primer trabajo fue en el Banco como joven investigador de la Gerencia de Estudios. En una segunda etapa llegué como consejero y luego tuve el honor de presidirlo por cinco años.

La Inflación

Comienzo con algunas consideraciones sobre la inflación.

Es notable constatar como luego de décadas en que nuestro país tuvo inflaciones elevadas, con la autonomía esta empieza a ceder y termina consolidándose en niveles de países desarrollados. En efecto, la inflación promedio anual entre 1940 y 1989 fue de 56%. Si le quitamos la década de los 70, donde fue particularmente elevada (180%), el promedio baja a un todavía alto 26%, mientras que en la década previa a la autonomía llegó a 22%. Por eso es tan destacable que el promedio de la inflación en la primera década de la autonomía haya sido de 11%, finalizando en un 2,3% en 1999, nivel no visto en Chile desde los años 30. A partir del 2001 se fija una meta constante de inflación –antes de ello fue una meta decreciente en el tiempo – de 3%, con un rango entre 2% y 4%. Lo notable es que el promedio de la inflación efectiva desde entonces ha sido 3,3%. Son pocos los países que han logrado tanta cercanía entre su meta y sus cifras efectivas[1]. Por cierto, ello explica en forma importante la credibilidad que tiene el instituto emisor en nuestro país y su gran prestigio a nivel internacional.

Lo anterior no deja de ser relevante. Hay toda una generación que no ha vivido con la inflación. Los que tenemos más años sabemos exactamente qué es y cómo produce estragos en el bienestar de las personas y en el funcionamiento de la economía. A mis alumnos de economía monetaria en la Universidad Católica siempre les digo que ellos son de una generación que no ha sufrido la inflación y por lo mismo no valoran la estabilidad de precios como sí lo hacen generaciones más antiguas. Porque es claro que la estabilidad de precios se valora especialmente cuando no se tiene.

No obstante, al momento de presentar estas reflexiones la inflación ha subido. Hoy tenemos una tasa de inflación que es la más alta en cerca de 30 años. Llega a dos dígitos, lo que hoy es simplemente inaceptable, a pesar de que hace unas décadas hubiera sido considerada baja. Claramente es un fenómeno global. En Estados Unidos, Europa y otros países se están observando cifras inflacionarias que no se veían en cuatro décadas. Pero también tiene componentes internos. No es posible hablar de la inflación que hoy enfrenta nuestro país sin mencionar los fuertes estímulos, tanto fiscal como monetario, y el proveniente de los retiros de fondos de pensiones.

Con todo, este fenómeno, que esperamos sea transitorio, ha llevado a que la inflación sea nuevamente uno de los principales problemas que afectan a la población y que, por lo mismo, se revalorice la estabilidad de precios y el rol de un banco central autónomo. En efecto, a partir de este semestre ya no puedo decirles a mis alumnos que no conocen la inflación. Lamentablemente la han empezado a conocer, y en esta ocasión con acento en bienes como alimentos y combustibles, lo que la hace aún más perceptible para mucha gente, en particular para los hogares de menores ingresos.

La inflación es un impuesto, porque hace que los saldos monetarios que tienen las personas se desvaloricen. Pero tiene además dos características que hacen que sea un impuesto particularmente indeseable. Por una parte, es regresivo, esto es, afecta mayormente a los más pobres, por cuanto ellos tienen menos posibilidades de protegerse y evitar este gravamen. Por otra parte, se trata de un impuesto no legislado, es decir no pasa por las instancias democráticas a las que se somete el resto de los impuestos.

La autonomía del Banco Central

En Chile la discusión constitucional más el aumento de la inflación, ha dado un nuevo impulso al debate sobre la autonomía del Banco Central. Un tema que hasta hace muy poco considerábamos zanjado, ha vuelto a la palestra. El artículo de Andrés Bianchi, que ya he citado y que fue escrito hace 14 años, era en buena parte sobre el proceso de legitimación de una institución que había nacido en una Constitución escrita originalmente en dictadura. Su aceptación luego del retorno a la democracia, junto con sus innegables éxitos en materia de control de la inflación, la habían legitimado.

Con todo, luego de la discusión que se dio en esta materia en la Convención, y del texto final de la propuesta de nueva Constitución, mi impresión es que, más allá de algunos cambios propuestos, a los que me referiré más adelante, en el nuevo texto el concepto y funcionamiento de un banco central autónomo, se mantienen.

Pero no nos adelantemos y vamos a una pregunta básica que surge al hablar sobre este tema: ¿por qué queremos un banco central autónomo que se preocupe de la estabilidad de precios? O bien, ¿por qué los representantes democráticamente elegidos estarían dispuestos a ceder un instrumento económico tan valioso, como es la política monetaria, y entregársela a un órgano autónomo, es decir a un órgano sobre el cual no tienen control?

En mi opinión la mejor respuesta a estas preguntas es lo que en la literatura especializada se denomina inconsistencia dinámica, la que fue planteada en 1977 por dos economistas, Finn Kydland y Edward Prescott[2], que posteriormente obtuvieron el premio Nobel de economía. Unos años más tarde, otros dos destacados académicos, Robert Barro y David Gordon, aplicaron magistralmente este concepto a la política monetaria en dos artículos ampliamente citados[3]. El argumento es, en términos generales, el que sigue. Los gobiernos tienen el incentivo a estimular la economía, particularmente en épocas electorales, para así lograr reelegirse o que su coalición gane. De esta forma hacen una política monetaria expansiva, que busca que la actividad aumente y que el desempleo disminuya. Pero para que tengan éxito en ello es clave que las autoridades logren “sorprender” a los agentes económicos, esto es que la política no sea anticipada por el mercado. En caso contrario, es decir si la política es anticipada, los agentes reaccionarán al estímulo monetario aumentando sus expectativas de inflación y sus precios, sin incrementar la producción y el empleo.

Ahora bien, los agentes saben que el gobierno tiene esos incentivos y, por lo tanto, no son sorprendidos. En términos más conceptuales estamos frente a un equilibro de Nash, término asociado al Premio Nobel John Nash, y que proviene de Teoría de Juegos. En este todos los participantes adoptan su mejor estrategia conociendo la estrategia de los otros. En el caso de la política monetaria en particular, los autores demuestran que el equilibrio que resulta es subóptimo, ya que el país termina con mayor inflación y sin mayor empleo o actividad. El óptimo hubiera sido que no se implementara la política expansiva, en cuyo caso tanto el empleo como el producto quedarían igual, y la inflación sería menor. El problema es que en estas condiciones ese óptimo no es de equilibrio, ya que el incentivo a inflar la economía está siempre presente y la gente lo tiene claro.

La literatura denomina a este efecto “inconsistencia dinámica”, porque el gobierno tiene inicialmente un plan óptimo que es con baja inflación, pero a medida que pasa el tiempo le conviene cambiarlo para aprovechar ventajas de corto plazo en actividad y empleo. En otras palabras, el plan óptimo es inconsistente en el tiempo. En efecto, lo que mirado desde hoy es óptimo para mañana, cambia cuando ese mañana llega. Los agentes se dan cuenta de esto y ajustan sus acciones, por lo que la expansividad monetaria no los sorprende. Finalmente, la estrategia no tiene los efectos buscados por la autoridad, pero la inflación termina en un nivel más alto.

Esta literatura también ha sido aplicada a temas como tributación al capital. Aquí el punto es que inicialmente conviene gravar al capital con tasas reducidas para incentivar la inversión, pero una vez que el nuevo capital está instalado físicamente y no puede moverse, surge el incentivo a gravarlo con tasas cada vez más elevadas. Así, el óptimo es inconsistente intertemporalmente, pues cambia con el tiempo.

Quizás el ejemplo que más nos puede ayudar a entender este concepto es el de las patentes por algún invento, por ejemplo, el de una vacuna. En un comienzo al gobierno le conviene establecer que quien invente una vacuna contra una enfermedad tendrá una patente sobre ella, lo que le permitirá gozar de exclusividad por un cierto número de años. Ello estimula la competencia por producir la vacuna, ya que hay una recompensa material por dicho logro (evidentemente también puede haber una personal o moral). Sin embargo, una vez que la vacuna ha sido inventada, a la autoridad le conviene cambiar su política y permitir que todos produzcan la nueva vacuna, de forma que haya más de ellas disponibles en el mercado, que se podrán adquirir a un menor precio. Así, se produce una inconsistencia intertemporal: lo que era óptimo ayer para hoy, ya no lo es hoy. El problema es que las personas saben que el gobierno tiene esos incentivos, lo que en este caso podría llevar a una investigación y esfuerzo subóptimo en materia de vacunas.

¿Qué se puede hacer para evitar este equilibrio subóptimo, que en los ejemplos aquí mencionados nos llevarían a baja investigación, baja inversión en capital fijo o alta inflación? Básicamente la respuesta de las sociedades ha sido crear “reglas” que no se puedan cambiar o al menos que sean difíciles de cambiar. De esa forma, en nuestro ejemplo de las vacunas, la patente otorgada se da por un plazo determinado y no puede ser revocada en dicho plazo, lo que permite mantener los incentivos a invertir en su desarrollo.

¿Cómo se aplica esto a la política monetaria? Recordemos que esta inconsistencia dinámica está presente en política monetaria, lo que nos lleva a un resultado sub-óptimo con mayor inflación que la deseada. La respuesta que han encontrado los países a este problema es, precisamente, otorgar autonomía a los bancos centrales. Si lo pensamos detenidamente, dicha autonomía es una forma de introducir una regla, aunque obviamente algo más sofisticada. La autonomía, por una parte, le da un mandato claro al banco central en materia de inflación y le prohíbe financiar al fisco, que es la típica llave que se usa para inflar la economía en períodos electorales.

Por otra parte, disocia la política monetaria del ciclo político y esto lo hace mediante dos herramientas. En primer lugar, cada gobierno sólo puede nombrar a un número limitado, no mayoritario, de miembros del Consejo o Directorio del Banco Central. En segundo lugar, y relacionado con lo anterior, los miembros de dicho Consejo duran más tiempo en sus cargos que el gobierno. Ello los lleva a tener horizontes de planeación más largos. Esto es clave porque, por ejemplo, si se requiere una política monetaria contractiva para frenar presiones inflacionarias, es posible que ello genere algunos costos en términos de actividad y empleo en el corto plazo, mientras que los beneficios de la menor inflación en general tardan en llegar. Pero si la visión de los consejeros del Banco Central es a más largo plazo, ellos serán capaces de ver no sólo los costos presentes sino también los beneficios futuros de sus acciones, que en este caso se materializarán cuando la inflación baje.

Dada esta discusión, ¿cuáles serían los elementos esenciales para una autonomía efectiva del Banco Central?

Primero, que su mandato sea claro y acotado. Dado el problema que se quiere enfrentar, el mandato se relaciona con la estabilidad de precios. No obstante, hay bancos centrales, el caso más notable es la Reserva Federal de Estados Unidos, en que se incluye, además, un mandato de empleo.

A pesar de lo anterior, el propio éxito de los bancos centrales ha llevado a que, en muchos casos y en diversos países, se haya propuesto ampliar el rango de su mandato. En Chile no hemos estado ajenos a esa tendencia y ha habido distintos episodios donde se ha querido incluir algún mandato adicional al instituto emisor. Quizás el ejemplo más notable fue cuando se propuso en el Congreso que el Banco Central fijara las remuneraciones de los parlamentarios, de los ministros, del Presidente de la República, de los ejecutivos de empresas del estado y de las autoridades de los otros órganos autónomos. Afortunadamente dicha indicación no prosperó.

Ampliar el mandato puede ser un grave error que termine con la propia autonomía del Banco. En primer lugar, típicamente el Banco Central carece de los instrumentos para cumplir con estos nuevos objetivos. Si no cumple con ellos, pierde credibilidad en términos generales y con eso pone en riesgo lo logrado en materia inflacionaria. En segundo lugar, agregarle más objetivos hace que pierda foco en su mandato fundamental de estabilidad de precios. En tercer lugar, tampoco es razonable desde un punto de vista democrático ampliar en exceso su mandato, incluso si se le dan los instrumentos necesarios para cumplir con los nuevos objetivos. No debemos olvidar que el Consejo del Banco Central está compuesto por personas que no han sido elegidas en las urnas (la expresión en inglés es más precisa y se usa mucho en estos casos, se habla de “non-elected officials”). Entregarles aún mayores facultades sólo puede terminar con el poder político interviniendo. La tentación sería demasiado grande.

Un segundo elemento esencial, relacionado con el anterior, es que el Banco no pueda financiar al Fisco. En la gran mayoría de las jurisdicciones, esto se entiende como una prohibición a que el Banco Central participe en subastas primarias de títulos de Tesorería. Un banco central que esté facultado o, peor aún, obligado, a financiar al fisco estaría sujeto a la política fiscal y luego, no podría ser independiente.

Tercero es que exista un proceso adecuado de nombramiento y remoción de los miembros del Consejo del Banco Central. El proceso de nombramiento es clave, porque se debe asegurar que se trate de personas idóneas para el cargo y que enfrenten los incentivos adecuados. Un período largo en el cargo también es fundamental por las razones antes mencionadas. Me parece que el arreglo institucional que tiene nuestro país cumple con todas estas características. Los consejeros duran 10 años en su cargo, bastante más que el período de gobierno, lo que implica que cada administración puede nombrar a solo dos de los cinco miembros del consejo. El hecho que se nombren de a uno ha significado privilegiar su calidad técnica, y ha evitado la repartición de puestos por afinidad política sin importar dicha calidad técnica. Esto último es precisamente lo que ha pasado en otros órganos autónomos, con conocidas negativas consecuencias.

Sin embargo, quiero ser muy claro en esto. Privilegiar la calidad técnica no significa que en el nombramiento no intervengan los órganos políticos o incluso que no se tengan en cuenta consideraciones políticas. No conozco ningún país del mundo en que los nombramientos no tengan algún carácter político. Más aún, creo que es lo que cabe en una democracia. En Chile, las consideraciones políticas no han estado ausentes en las nominaciones al Consejo del Banco Central. En particular se han considerado para dichas nominaciones la participación de los bloques políticos en el Senado, que es la instancia donde se ratifican los nombramientos que propone el Presidente de la República. En algunos países de Europa y en Estados Unidos el Presidente usualmente nomina a alguien de su propio partido o coalición, aunque obviamente hay excepciones. Lo clave es que no nombre a todos los consejeros, que tenga una contraparte en la ratificación y que los nominados tengan competencias técnicas.

Pero tanto o más importante que la manera en que sus autoridades son nombradas, es la forma en que ellas pueden ser removidas. La autonomía es la facultad de los consejeros del Banco Central para utilizar los instrumentos a su disposición de manera de lograr su objetivo, sin que por ello puedan ser removidos por la autoridad política de turno. Por lo tanto, la remoción está en el corazón de la autonomía. Por cierto, siempre debe haber causales de remoción, pero en los casos que conozco son por temas de probidad, lo que por supuesto tiene que ser así. Si hubiera causales de remoción vinculadas al desempeño de su propia labor, ellas debieran ser por razones técnicas, bien fundamentadas y que requieran la concurrencia de otros poderes. En Chile, el artículo 17 de la ley Orgánica Constitucional del Banco Central dice: “El Presidente de la República, por causa justificada y previo consentimiento del Senado, podrá remover a alguno o la totalidad de los miembros del Consejo. La remoción sólo podrá fundarse en la circunstancia de que el consejero afectado hubiere votado favorablemente acuerdos del Banco que impliquen un grave y manifiesto incumplimiento de su objeto, según lo define el inciso primero del artículo 3°, y siempre que dicho acuerdo haya sido la causa principal y directa de un daño significativo a la economía del país.

Por supuesto de nada serviría tener un Banco Central autónomo en teoría y en la ley, pero en que sus consejeros pudieran ser removidos sin mayor expresión de causa por las autoridades políticas. De hecho, ello se ha visto en algunos países en más de una ocasión. En tal caso, se trataría de una autonomía de jure, pero no de facto. Con toda lógica, la literatura económica que analiza el desempeño de los bancos centrales autónomos diferencia claramente entre ambas situaciones.

El Banco Central en la Propuesta de Nueva Constitución

Permítanme terminar con un breve análisis del Banco Central en la propuesta de la Nueva Constitución. Tal como lo expresé previamente, el éxito del Banco Central de Chile se mide por el estricto cumplimiento de su mandato de estabilidad en el valor de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Pero, además, el Banco y sus autoridades, a través del tiempo, han sido reconocidas ampliamente en Chile y el extranjero con premios que son un gran orgullo para el país. Como ejemplo, déjenme mencionar simplemente que, en algunos de los índices de competitividad más reconocidos a nivel mundial, Chile aparece particularmente bien posicionado cuando se evalúa el Banco Central y su política monetaria, y ha llegado en algunos períodos a ser el número uno del mundo en esta materia.

En este escenario, cabe preguntarse, ¿por qué cambiarlo si ha funcionado bien? Por supuesto, siempre es posible pensar en perfeccionamientos, pero en este caso un cambio profundo no parece ser una buena opción. De hecho, los primeros borradores que salieron de las Comisiones de la Convención Constitucional encendieron algunas alarmas, pues incluían ciertas propuestas que definitivamente atentaban contra el buen funcionamiento de la autonomía del Banco Central. Afortunadamente, los principales problemas fueron mejorados en versiones posteriores, terminando en un borrador respecto del cual, aunque aún tengo ciertos reparos, yo diría que está dentro de lo razonable. Cerraré esta ponencia, precisamente, con reflexiones sobre algunos puntos que fueron modificados y sus eventuales implicancias.

Es importante partir diciendo que, en lo esencial, se mantiene la autonomía del Banco Central y que ella sigue estando consagrada en la Constitución. Sus disposiciones más específicas estarán en una ley que tiene quorum consistente en “…. la mayoría de los integrantes en ejercicio del Congreso de Diputadas y Diputados y de la Cámara de las Regiones” (artículo 271).

Con respecto al mandato, se mantiene la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos, y se agrega que ello es para velar por el bienestar de la población, a lo que no le veo mayor inconveniente. Más polémico es el que además se incluya que: “Para el cumplimiento de sus objetivos, el Banco Central deberá considerar la estabilidad financiera, la volatilidad cambiaria, la protección del empleo, el cuidado del medioambiente y del patrimonio natural y los principios que señale la Constitución y la ley” (artículo 358).

Aquí caben las siguientes reflexiones. En la práctica el Banco Central, como la gran mayoría de los bancos centrales modernos, considera la situación del mercado laboral para las decisiones de política monetaria. Cuando se habla y se mide la brecha del producto, esto es la diferencia entre el producto efectivo y el potencial, y su efecto en la inflación, se está haciendo una relación entre el aumento de los precios y la situación de la economía real. En términos prácticos se está hablando de una curva de oferta agregada o, la otra cara de la medalla, de una curva de Phillips.

La estabilidad financiera, por su parte, está explícitamente considerada en la Ley Orgánica actual y sería difícil que no fuera así. Baste mencionar que uno de los dos informes insignia del Banco Central es el Informe de Estabilidad Financiera. No nos debemos olvidar que los bancos centrales en el mundo tienen su origen en la necesidad de mitigar las crisis financieras.

En cambio, las consideraciones relativas al cuidado del medio ambiente y a la volatilidad cambiaria son más discutibles. Aunque personalmente hubiera sido de la idea de no incluirlos, es importante dejar claro que ellos no figuran en la categoría de mandato. Sólo se dice que deberán ser considerados en el cumplimiento del objeto del Banco Central. Francamente veo difícil que en los tiempos que vivimos no haya consideraciones medioambientales en algunas de las decisiones del instituto emisor. El Banco Central es también un ente regulador y en ese contexto es probable que en ciertas decisiones deba incorporar consideraciones de este tipo. De hecho, los bancos centrales de los principales países del mundo están en ese predicamento.

Por el contrario, me parece mucho más discutible el incluir la volatilidad cambiaria entre los elementos que el Banco debe considerar, especialmente en un país que está particularmente expuesto a shocks externos y que ha decidido, desde hace ya más de dos décadas, tener un tipo de cambio flotante.

En cuanto al Consejo, no se entiende por qué se aumentan sus miembros a siete. Parece un exceso, aunque es difícil calificarlo como un cambio grave. En la propuesta de Nueva Constitución, la nominación del Consejo será similar a la actual, pero se incorpora al Congreso de Diputadas y Diputados en sesión conjunta con la Cámara de las Regiones en sesión conjunta. Hoy los consejeros deben ser aprobados sólo por el Senado. Es importante que la ley que se dicte sobre esta materia consigne la elección de a uno a la vez, por las razones antes mencionadas.

La remoción que se plantea por motivos de su gestión también tiene elementos discutibles. Como se mencionó, de acuerdo a la ley actual, ella puede ser iniciada por el Presidente de la República en base a fundamentos técnicos y precisos, y tiene que ser aprobada por el Senado. En la propuesta de Nueva Constitución se mantiene lo de los fundamentos, en el sentido que el consejero al que se pretende remover tiene que haber concurrido con su voto a decisiones que afecten gravemente la consecución del objeto del Banco. Sin embargo, se establece que la destitución será “por resolución de la mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema, previo requerimiento de la mayoría de quienes ejerzan como consejeros, de la Presidenta o el Presidente de la República o por la mayoría de diputadas y diputados o de representantes regionales en ejercicio, conforme al procedimiento que establezca la ley.”

Esto es, el proceso ya no sólo lo puede iniciar el Presidente de la República, sino que además lo puede iniciar la mayoría de los consejeros, así como la mayoría del Congreso de Diputados y de la Cámara de las Regiones. Se ha argumentado que, al incluir al poder legislativo como potencial originador de la acusación, ésta podría politizarse. Es cierto que hay un riesgo que eso suceda, pero por otra parte se agrega que será la Corte Suprema quien dirima.

El mero hecho de tener una acusación que se origine en el poder legislativo puede ser un detrimento a la autonomía, en el sentido de que las decisiones del Banco podrían estar marcadas por esta especie de espada de Damocles durante el período en que el proceso transcurra e incluso en períodos políticamente complejos, en que, por ejemplo, las decisiones del Banco no sean populares. En rigor esto también podría pasar con la norma actual, en que es el Presidente de la República quien inicia el proceso de remoción, aunque la experiencia reciente de Chile muestra que ello es menos probable. Asimismo, es razonable suponer que en principio el Ejecutivo tendría más competencia técnica para juzgar si una decisión atenta contra el objeto del Banco. En fin, es una cláusula que no me convence. Ciertamente hubiera preferido que siguiera igual a como es hoy, pero no me parece que per se ponga en riesgo significativo la autonomía del Banco Central.

Una nueva disposición es la que establece una inhabilidad de un año para trabajar en el sistema financiero a los consejeros una vez que hayan dejado su cargo. Ello me parece bien, aunque creo que hubiera sido más pertinente dejarlo a la ley. La misma inhabilidad se establece para doce meses antes del nombramiento. Esto es poco entendible. No conozco ningún país del mundo donde exista una inhabilidad de estas características ex – ante. La razón por la cual no existen es porque si hay un proceso de selección riguroso, cualquier problema que tenga un candidato debiera manifestarse en ese proceso y el candidato en cuestión ser rechazado. Me temo que es una cláusula que puede dejar fuera a buenos profesionales.

En síntesis, en la propuesta de Nueva Constitución se introducen cambios a la legislación hoy vigente, algunos de ellos que no juzgo necesarios y otros que me generan algunas dudas. Con todo, me parece que lo que queda es más importante que lo que se agrega o sale. En otras palabras, se mantiene la autonomía del Banco Central, su carácter técnico y su mandato. Se cambia algo el proceso de remoción, pero al menos en teoría sigue siendo por consideraciones técnicas y precisas, y con la intervención de dos poderes del Estado. Concluyo, entonces, que la autonomía del instituto emisor no está en cuestionamiento. Esto es una buena noticia para el país y revela, asimismo, la sólida reputación que tiene el Banco Central a 33 años desde que se le otorgara su autonomía.

Termino mis palabras agradeciendo nuevamente a la Academia y a todos los aquí presentes. Muchas gracias.


[1] Ver Vergara, R. (2018). “Experiencias de Política Monetaria en Economías Pequeñas y Abiertas: Chile 2012-2016”, Estudios Públicos Nº149, Centro de Estudios Públicos, Santiago, Chile.

[2] Kydland, Finn y Edward Prescott. (1977). “Rules rather than discretion: the inconsistency of optimal plans”. Journal of Political Economy, Vol 85, Nº3 (Junio), pp. 473-492.

[3] Uno de ellos es: Barro, Robert and David Gordon. (1983). “Rules, discretion and reputation in a model of monetary policy”. Journal of Monetary Economics, Volumen 12, Número 1, pp.101-121. El otro: Barro, Robert and David Gordon. (1983). “A positive theory of monetary policy in a natural rate model”. Journal of Political Economy, Volumen 91, Número 4, Agosto, pp.589-610.