En una columna publicada en El Mercurio, el académico de número critica una indicación presentada por el gobierno a un proyecto de reforma de la Ley de Extranjería.
De quienes lideraron la transición a la democracia aprendí que la indignación moral no es una buena consejera de la actividad política. He intentado ser fiel a ese ejemplo. Sin embargo, ese límite parece tener sus límites y una iniciativa legal, me parece, merece sobrepasarlo.
El Gobierno ha presentado una indicación a un proyecto de ley iniciado por su antecesor que modifica la Ley de Extranjería. Conforme a ella, todo órgano de la Administración del Estado, incluyendo los de salud y de educación, sean públicos o privados, quedan obligados a entregar a la autoridad administrativa migratoria y a la autoridad contralora los antecedentes que estas requieran, incluidos el domicilio, teléfono de contacto, correo electrónico y demás datos personales de extranjeros que sean objeto de procedimientos migratorios en tramitación.
Los extranjeros con procedimiento migratorio en trámite son personas que se encuentran legalmente en el país y han solicitado una prolongación de su visa. También pueden serlo aquellos extranjeros a quienes se les ha vencido el permiso de residencia a la espera que el Estado les responda si se los extiende o no. Pueden entenderse también incluidas las personas que han ingresado ilegalmente al país y se han autodenunciado, solicitando refugio o que se empadronaron con el objetivo de ser regularizadas. De ese modo, deberán ser denunciados solo quienes han manifestado su interés de integrarse regularmente y no están comprendidos quienes ingresaron y permanecen clandestinos, pues ellos no son extranjeros con procedimiento migratorio en trámite. A estos la norma no los alcanzará. Tampoco rige una obligación análoga para los chilenos con orden de detención pendiente.