Jorge Correa Sutil: “Destituir al Presidente”

El académico de número analiza las imputaciones de la acusación Constitucional en contra del Presidente en su columna del diario El Mercurio. 

Por tercera vez en la historia de Chile y por segunda respecto de Piñera, un grupo de diputados acusa constitucionalmente a un Presidente en ejercicio.

Si la acusación resulta aprobada por la mayoría de los diputados y luego por dos tercios de los senadores, el cargo, con sus mismas atribuciones, pero no ya con mandato popular directo, será ocupado por quien designe el Congreso Pleno, elección que debe producirse dentro de los 10 días siguientes y el elegido debe asumir dentro de los 30 días siguientes.

No se necesita ser politólogo para imaginar la inestabilidad política que sobrevendría durante esos 40 días y en la etapa posterior, hasta que nuevamente asumiera un presidente electo.

¿Son tan graves las acusaciones como para justificar entrar a ese período de inestabilidad, en pleno proceso electoral y a pocos meses del cambio de mando? ¿Acredita el libelo la existencia de actos de su administración que han comprometido gravemente el honor o la seguridad de la nación o infringido abiertamente la Constitución o las leyes?

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