El académico de número analiza el nuevo proyecto de reforma constitucional que pretende un 5º retiro del fondo de ahorros previsionales en su columna del diario El Mercurio.
El Tribunal Constitucional declaró en su momento que las reformas constitucionales que burlan la iniciativa exclusiva del Presidente son leyes que transgreden el Estado de Derecho. Hace unos días, mediante tres sentencias, declaró la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la ley de reforma constitucional que ordenó a las compañías de seguros anticipar un diez por ciento de las pensiones en forma de renta vitalicia, nuevamente por tratarse de un precepto legal que usurpa la iniciativa exclusiva de ley del Presidente.
Siendo así, no se comprende que nuevamente un proyecto de reforma constitucional que pretende un 5º retiro de fondos de pensiones haya sido declarado admisible por una abrumadora mayoría en la sala de la Cámara de Diputados: 117 votos contra 26. Los votos a favor fueron emitidos por diputados que conforman las dos coaliciones de gobierno: Apruebo Dignidad, y el socialismo progresista. Solo algunos diputados de Chile Vamos y del Partido Republicano votaron en contra.
Es cierto que la inadmisibilidad la había declarado la mesa anterior de la Cámara fundándose en que, como el proyecto del 4º retiro había sido rechazado, no podía discutirse un nuevo proyecto mientras no pasara un año desde su rechazo. No obstante, la actual mesa directiva de la Cámara sostuvo que, como se había aprobado la idea de legislar en la misma Cámara, sí podía discutirse un proyecto de ley con el mismo objetivo. Pero esto es una interpretación mañosa del art. 68 de la Constitución, ya que el proyecto de reforma constitucional sí fue rechazado por la Cámara de origen y no se trata de la aprobación de la idea de legislar, sino del mismo proyecto de ley. El hecho de que sea necesario discutirlo en comisión y el que esta sea una decisión de la sala que solo accede a que se estudie el proyecto revelan que cuando se quiere incumplir las exigencias constitucionales no faltan los pretextos.
Más allá de esta excusa, el problema es más de fondo: como lo ha reiterado el Tribunal Constitucional, el tramitar una ley con el ropaje de una reforma constitucional que seguirá agregando disposiciones transitorias a la Constitución vigente es una forma de proseguir por la línea del parlamentarismo de facto. Los parlamentarios no tienen la responsabilidad fiscal y ninguno de ellos responderá cuando los fondos de pensiones se agoten y el Estado tenga que hacer frente a millones de personas que, sin posibilidad de trabajar, no tendrán ahorros para obtener una pensión digna.